Actualizan el Reglamento de la Licencia de Operación de Transporte

En reciente publicación en el perfil de Facebook, Eduardo Rodríguez Dávila, ministro del ramo, ofrece precisiones acerca de los requisitos para realizar actividades de transportación con éste permiso legal

El pasado 19 de septiembre, se actualizaron las normas referentes a las formas de gestión no estatal, por lo tanto, a partir de los cambios realizados, se actualizó el Reglamento de la Licencia de Operación de Transporte, en lo adelante le llamaremos LOT o Licencia. También se tuvo en cuenta las transformaciones que se están ejecutando en la estructura de transporte en los municipios y provincias.

La LOT es un título habilitante que otorga el Estado para realizar actividades del transporte. Los servicios de transportación de cargas o pasajeros y los servicios auxiliares y conexos del transporte, requieren obligatoriamente de una LOT para poder ser desempeñados por personas naturales o entidades estatales o privadas. Se entiende por servicios de transportación aquellos que consisten en el traslado de personas o mercancías o productos desde un lugar de origen a otro de destino.

Los servicios auxiliares son aquellos que garantizan la seguridad de los medios de transporte o que se encuentran dentro de una estación o terminal de transporte (los desempeñan mecánicos, chapistas, poncheros, electricistas…).
Por otra parte, los servicios conexos son aquellos que se prestan en relación con el transporte y no son auxiliares (agencias de viajes, gestores de transportaciones, instructores …).

A las entidades y a las personas naturales se le otorga una Licencia y a los medios de transporte de una entidad y a los trabajadores contratados por una persona natural se les asigna a cada uno un comprobante de Licencia. Solo se exoneran de este permiso las transportaciones que se realicen en automóviles, jeeps, motocicletas, triciclos, bicicletas y medios de tracción animal, sin que medie pago por las mismas.

Para obtener una Licencia, las personas jurídicas solicitan iniciar su trámite en las oficinas provinciales de Transporte y las personas naturales en las direcciones o departamentos municipales de Transporte.

Para poder otorgarla existen requisitos establecidos que son de obligatorio cumplimiento. Luego de obtener la Licencia, los titulares de esta y sus trabajadores contratados, tienen obligaciones que cumplir. Las Licencias pueden ser objeto de suspensión por diversas causales. El no cumplimiento de las obligaciones puede derivar en la cancelación de la Licencia.

En futuras publicaciones profundizaremos en estos temas, siempre con el ánimo de que usted conozca más sobre el transporte y en particular sobre este aspecto de mucha importancia para quienes realizan actividades económicas en este sector.

Fuente: Con información del perfil de Facebook de Eduardo Rodríguez Dávila